- Nombre representativo o coloquial: Certificación de Efectos Quemados
- Descripción: Emisión de Certificación Sobre Daños Producidos a Instalaciones y Artefactos Eléctricos.
- Dirigido a: Todos los usuarios de las empresas distribuidoras que se encuentren en situación correcta.
- Responsable de ofrecer el servicio dentro del organismo: Departamento de Grandes Usuarios-PROTECOM
- Contactos del área responsable: Teléfono 809-683-2500 ext. 428. Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
. Localidad: Gustavo Mejía Ricart esq. Agustín Lara, Piantini
- Requerimientos o requisitos para la solicitud:
- Haber hecho el reporte de la avería o situación irregular que pudiera ocasionar daños materiales o pérdidas de vidas humanas.
- Procedimientos para obtener el servicio:
- Primero debe reportar a la Distribuidora lo ocurrido levantando un reclamo por concepto de: Reclamo por Daños a las Instalaciones y Artefactos Eléctricos
- Luego, debe asistir a PROTECOM a solicitar una: CERTIFICACION DE EFECTOS QUEMADOS, la cual es una certificación técnica para la determinación de las causas, daños y la responsabilidad de un evento ocurrido en las instalaciones eléctricas de un suministro.
- En caso necesario, depositando documentación relacionada al evento ocurrido (Certificación de Bomberos en caso de incendios, reporte de avería, comunicaciones, etc).
- Horario de prestación del servicio: En el mismo horario que ofrecen todos los puntos expresos de PROTECOM. De 8:00 am a 8:00 pm.
- Costo del Servicio: El servicio es totalmente gratuito.
- Tiempo de realización: Se establecen treinta (30) días hábiles a partir de la solicitud.
- URL para tramitar el servicio: No aplica
- Canales de prestación del servicio: A través de todas las Oficinas y Puntos Expresos de PROTECOM distribuidos en todo el país.
- Informaciones relevantes: Es importante aclarar que la emisión de una Certificación Sobre Daños Producidos a Instalaciones y Artefactos Eléctricos, es estrictamente para fines de demanda por daños y perjuicios ante los tribunales ordinarios, es decir que lo establecido en la misma no es una ordenanza que deba que ser acatada por el usuario o por la empresa distribuidora.
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